Sábado, Julio 27, 2024

Contra la justicia a la carta. Por Álvaro Ramis Olivos

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La preservación de un Poder Judicial imparcial e independiente, y la defensa de la vigencia del Estado de derecho, es una labor permanente que incumbe a toda la ciudadanía.  Es necesario estar alerta cuando algo amenaza estos principios.

En lo que va del año se pueden identificar una serie de intentos de deslegitimación y presión política al Poder Judicial y a los diversos órganos que componen el sistema procesal. Son acciones que socavan la independencia que debe mantener la Justicia. Lejos de ser actos individuales, puntuales, lo que se puede constatar es una serie de intentos sistemáticos y estructurales de cooptación del Poder Judicial chileno, para instaurar alguna modalidad de Poder Judicial “a la carta”. 

Un ejemplo es el intento de demoler mediáticamente al fiscal José Morales y a la Brigada de Lavado de Activos luego del fallo que absolvió al excomandante en jefe del Ejército, Juan Miguel Fuente-Alba y su esposa, Anita Pinochet, en el juicio por lavado de activos. Es posible que en este proceso haya faltado precisión y rigurosidad en la investigación. Será necesaria una evaluación precisa de parte del fiscal que esclarezca lo que ocurrió y lo que corresponde mejorar. Pero la sociedad debe entender que el respeto a los procedimientos y a las garantías en la tramitación judicial no admite excepciones.

Se entiende el malestar de la opinión pública, ya que los antecedentes llevan a presumir una grave responsabilidad del general Fuente-Alba. Pero, ante todo, esta indignación no puede ser a costa del respeto del debido proceso y las garantías a los inculpados, para garantizar un juicio justo y equitativo. Esto asegura que se respeten los derechos fundamentales de todas las partes y se evita cualquier tipo de arbitrariedad, no solo en este caso sino en cualquier otra circunstancia. 

Más grave todavía es el intento de socavar las competencias de la fiscalía nacional en la investigación de delitos perpetrados por funcionarios de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad en el ejercicio de sus funciones en ciertas circunstancias. Este intento operó por la vía de una indicación parlamentaria al proyecto de ley sobre reglas de uso de la fuerza (RUF), que pretendía reinstaurar la competencia de la jurisdicción militar. De acuerdo con esa propuesta se abría la puerta a que víctimas civiles puedan ver sustanciadas sus causas por los tribunales militares.

Recordemos que, de acuerdo con estándares internacionales, y a la propia legalidad vigente en Chile, la jurisdicción militar se acota a los delitos estrictamente militares. En otros términos, a los delitos perpetrados por militares en contra de militares en el ámbito de actividades de su profesión militar. El cambio propuesto supondría modificar el alcance restrictivo y excepcional de esta jurisdicción, enmarcada en la protección de intereses jurídicos específicos. Las garantías de la justicia militar no son absolutas ya que están sujetas a limitaciones.

En general, los delitos comunes o graves cometidos por personal militar en tiempo de paz deben ser juzgados por tribunales civiles ordinarios. Además, la jurisdicción militar está regulada por leyes y normas internacionales que exigen el respeto de los derechos humanos y las garantías procesales. Sería gravísimo que los delitos comunes, perpetrados por militares, se traspasen a la justicia militar. De la misma forma no sería atendible que esa jurisdicción asuma causas como la de los conscriptos de Putre, ante los probables abusos de la jerarquía militar.

La existencia de un sistema de justicia militar se basa en reconocer que un tribunal de ese carácter está mejor capacitado para comprender y juzgar ciertos delitos y faltas cometidos en el contexto de la disciplina y las operaciones militares. Pero es inaceptable que se proponga como una supragarantía, entendida como una protección adicional que busque proteger a los militares acusados durante los procesos legales. Ello implicaría actuar por encima de lo exigido de acuerdo a las garantías legales y constitucionales del resto de las personas. 

Otra acción recurrente es la denostación y persecución de los fiscales. Partiendo por el fiscal nacional Ángel Valencia, pasando por la fiscal Ximena Chong, pero también de otros funcionarios afectados por campañas de hostigamiento brutal y permanente.  Su integridad y seguridad son esenciales para que puedan ejercer sus funciones de manera imparcial y sin temor a represalias. No es tolerable que jueces y fiscales sean objeto de intimidación, acoso o incluso ataques físicos por parte de individuos o grupos que buscan influir indebidamente en los procesos que llevan adelante. 

Más grave todavía es que este tipo de acciones provengan desde parlamentarios. Cuando el senador Rojo Edwards señala “Acá hay fiscales y hay ciertos jueces que son anti carabineros y eso va mucho más allá de la fiscal (Ximena) Chong o del juez (Daniel) Urrutia”, lo que hace es incurrir en una forma directa de amenaza a otro poder del Estado.

La Constitución prohíbe que los parlamentarios, o cualquier otra autoridad externa, influya de manera indebida en las decisiones del Poder Judicial. Esta independencia es crucial para mantener la imparcialidad y legitimidad del sistema de justicia. Su acción no puede aceptar presiones externas, y debe basarse únicamente en la ley y en los hechos verificados en cada caso. Estamos, por lo tanto, en un intento explícito de influencia política sobre el Poder Judicial que socava el Estado de Derecho y el principio de separación de poderes. Todo lo cual está regulado en la Ley Orgánica Constitucional del Ministerio Público (19640/99). 

Salvaguardar la imparcialidad y el correcto funcionamiento del sistema judicial debería corresponder en primer lugar a los parlamentarios. Los legisladores, al ser representantes electos y encargados de crear leyes, son los primeros llamados a la responsabilidad de cumplir y respetar esa misma legislación vigente. Su incumplimiento debería acarrear consecuencias legales y políticas significativas, y las autoridades parlamentarias deberían actuar de oficio para perseguir estas prácticas.

La laxitud en esta materia solo augura un ciclo de mayores presiones indebidas. Debemos prevenir dinámicas donde la manipulación arbitraria de la opinión pública desestabilice en el cargo a jueces y fiscales.  Si no se actúa ahora mañana veremos a autoridades judiciales removidas por motivos políticos, por causas ilegítimas y a través de procesos injustos que no respeten el debido proceso.

Columna publicada por The Clinic el 19 de mayo de 2024.

Para El Maipo: Álvaro Ramis, Rector de la Universidad Academia de Humanismo Cristiano (UAHC), colaborador de El Maipo.

El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial El Maipo.

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