Martes, Marzo 24, 2026

Se inició debate en la Cámara de Diputados para la promoción de los derechos lingüísticos de los pueblos originarios

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Se dio iniciado el debate en la Comisión de Derechos Humanos y Pueblos Originarios de la Cámara de Diputados y Diputadas del proyecto de ley que reconoce, protege, garantiza y promueve los derechos lingüísticos y culturales de los pueblos indígenas.

La propuesta que fue presentada por la diputada del Frente Amplio, Ericka Ñanco, indica el fomento y rescate, promoción del uso y desarrollo de sus lenguas, culturas y cosmovisiones.

Durante el debate y la votación de las normas aprobadas al interior de la Comisión, se cuenta que el Estado reconoce las lenguas indígenas como parte constitutiva del patrimonio cultural indígena en el marco de la diversidad lingüística del país. Además, se consigna que es deber del Estado su salvaguarda, recuperación, revitalización, conservación, fortalecimiento, investigación, promoción y difusión en el territorio nacional.

Derechos lingüísticos y de enseñanza

Por otro lado, el texto consagra los derechos de los pueblos indígenas respecto a esta normativa:

Comunicarse en la lengua de la que se es hablante, en el ámbito público y privado, ya sea en forma oral o escrita. Esto, en todas sus actividades sociales, económicas, políticas, culturales y religiosas. Al respecto, los órganos del Estado propenderán a adoptar medidas necesarias para asegurar servicios de interpretación que faciliten comunicación.

No discriminación por el uso de las lenguas indígenas. Todo acto de discriminación arbitraria podrá ser denunciado de conformidad a la ley que establece medidas contra la discriminación.

Sobre la promoción y enseñanza de las lenguas indígenas, el Estado reconoce la importancia de los procesos propios de revitalización de las lenguas de los pueblos indígenas. Para esto, las comunidades interesadas podrán solicitar apoyo y asesoría de acuerdo a mecanismos establecidos en las leyes 19.253 y 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas.

A su vez, la educación intercultural bilingüe se entiende como una forma de interculturalidad, no siendo la única forma de revitalización cultural de los pueblos indígenas. Ello, para el rescate, conservación, promoción y enseñanza de su cultura, cosmovisión y lengua.

Por otra parte, el Estado reconoce el derecho de los pueblos indígenas a desarrollar y controlar sus instituciones educativas propias de acuerdo al marco legal.

Asimismo, el Estado generará acciones de promoción para las iniciativas auto gestionadas por las propias organizaciones indígenas. Esto se efectuará a través de las carteras de las Culturas, Desarrollo Social y Corporación de Desarrollo Indígena.

El Maipo/Imagen BBNN

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