Sábado, Junio 6, 2026

Corte Suprema rechaza recurso de amparo de exdiputado Joaquín Lavín León y confirma su prisión preventiva

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En fallo unánime, la Segunda Sala del máximo tribunal ratificó la resolución de la Corte de Apelaciones de Santiago que descartó arbitrariedad en la medida cautelar aplicada al imputado.

La Corte Suprema confirmó hoy, viernes 5 de junio, la sentencia que rechazó el recurso de amparo presentado por la defensa del exdiputado (UDI) Joaquín José Lavín León, imputado por el Ministerio Público como autor de los delitos consumados de fraude al fisco, falsificación y uso malicioso de instrumento privado mercantil y tráfico de influencias —ilícitos que habría cometido entre 2015 y 2026—.

En fallo unánime (causa rol 29.278-2026), la Segunda Sala del máximo tribunal —integrada por los ministros Manuel Antonio Valderrama, Leopoldo Llanos, la ministra María Cristina Gajardo, el ministro Jorge Zepeda y la abogada integrante Pía Tavolari— ratificó la resolución de la Corte de Apelaciones de Santiago que descartó arbitrariedad en la resolución de base que decretó la medida cautelar de prisión preventiva.

El fallo establece que la conducta punible atribuida al recurrente consiste en la comisión de varias acciones de la misma naturaleza que configurarían el delito de fraude al fisco por el cual fue imputado. La Sala Penal señaló, además, que la garantía procesal de igualdad ante la ley no resulta vulnerada cuando, concedido el desafuero por un delito, se agregan o precisan hechos específicos que se articulan bajo una misma figura típica, dando cuenta de uniformidad en la modalidad delictiva.

El tribunal razonó que el desafuero solicitado para decretar medidas cautelares se enmarca en una investigación abierta y en curso, lo que hace normal la aparición de nuevos antecedentes relacionados con los delitos investigados, sin que sea necesario requerir un pronunciamiento adicional de desafuero por cada nuevo elemento que surja.

Al formalizar la investigación, el persecutor no agregó hechos que excedieran el desafuero concedido, sino que se trató únicamente de precisiones o ampliaciones de la imputación original que no modifican el núcleo central y esencial de la misma, aun cuando pueda aumentar el perjuicio de los delitos, por el hallazgo en la investigación de facturas que no fueron incluidas originalmente.” — Corte Suprema, Segunda Sala, fallo rol 29.278-2026

En consecuencia, el máximo tribunal resolvió confirmar la sentencia dictada el 16 de mayo de 2026 por la Corte de Apelaciones de Santiago (rol N° 2135-2026), en cuanto rechazó el recurso de amparo interpuesto por la defensa de Lavín León.

El Maipo

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