Caso “Cuota Flores”: Corte restringe acceso de Fiscalía a información de la senadora

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El tribunal de alzada acogió parcialmente el recurso presentado por la senadora y estableció condiciones para la revisión de sus equipos electrónicos. La Fiscalía deberá informar quiénes accederán a la información y utilizar criterios de búsqueda vinculados directamente con los hechos investigados.

La Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió parcialmente un recurso de amparo presentado por la senadora Camila Flores, estableciendo límites al acceso de la Fiscalía al contenido de los dispositivos electrónicos incautados en el marco de la investigación conocida como “Cuota Flores”.

La resolución de la Segunda Sala del tribunal de alzada no impide al Ministerio Público revisar los equipos. Sin embargo, establece condiciones sobre la forma en que podrá acceder a la información y determina qué contenidos deberán quedar fuera del análisis.

El fallo se conoció luego de que el Juzgado de Garantía de Valparaíso rechazara, el pasado 12 de agosto, una solicitud de la defensa para establecer límites temporales, temáticos y respecto de las personas cuyas comunicaciones podían ser examinadas.

La Corte cuestionó esa decisión y sostuvo que la autorización judicial para incautar los dispositivos no equivale necesariamente a una autorización sin restricciones para revisar todo su contenido.

Corte cuestiona fundamentos del tribunal

Uno de los puntos centrales de la resolución fue la falta de una respuesta suficiente por parte del Juzgado de Garantía frente a la solicitud de la defensa.

El tribunal de alzada consideró que señalar que las diligencias de entrada, registro e incautación ya habían sido autorizadas y revisadas por tribunales superiores no bastaba para resolver la petición sobre los límites del análisis posterior de la información.

A juicio de la Corte, se trataba de una cuestión distinta: una cosa es autorizar la incautación de un dispositivo y otra determinar hasta dónde puede llegar posteriormente la revisión de la información almacenada en él.

En el procedimiento fueron incautados, entre otros elementos, un teléfono celular, un computador personal y otro de carácter institucional, además de notebooks, un iPhone y dispositivos de almacenamiento que contienen correos electrónicos.

Fiscalía podrá acceder, pero deberá acotar la búsqueda

La investigación busca esclarecer una eventual exigencia a asesores de Flores para entregar parte de sus remuneraciones financiadas con recursos públicos.

En paralelo, la Fiscalía Regional de Valparaíso indaga antecedentes relacionados con la tramitación de la reforma al sistema notarial y registral y una eventual vinculación con el presidente de la Asociación de Notarios y Conservadores, Carlos Swett.

En ese contexto, la Corte determinó que los dispositivos y su custodia permanecerán bajo responsabilidad de la Fiscalía Regional.

Pero el Ministerio Público deberá informar al juez de garantía qué funcionarios tendrán acceso a los equipos y cuáles serán los descriptores o palabras clave empleados para efectuar las búsquedas.

Además, la resolución establece que no podrán utilizarse antecedentes anteriores a la primera elección de Flores como parlamentaria y que deberán excluirse aquellos contenidos que no tengan relación con los hechos investigados.

La Corte también ordenó eliminar la información obtenida que quede fuera de esos límites cuando corresponda a materias sin interés criminalístico. Para ello, la Fiscalía deberá informar al tribunal qué protocolos empleó y quiénes participaron en el proceso.

El alcance sobre la información personal

La resolución establece así una frontera entre la información que podría resultar relevante para la investigación y el resto de los contenidos almacenados en los dispositivos de la senadora.

El punto adquiere especial relevancia debido al volumen de información que puede concentrarse en teléfonos y computadores, donde pueden coexistir comunicaciones personales, familiares, laborales y parlamentarias de personas que no necesariamente tienen relación con los hechos investigados.

Por ello, el fallo no significa el término de las diligencias ni la devolución de los equipos a Flores. La Fiscalía podrá continuar con el análisis, pero deberá hacerlo dentro de los parámetros fijados por el tribunal.

La decisión introduce de esta manera controles sobre una de las diligencias más sensibles de la investigación: el acceso del Ministerio Público al contenido digital de una parlamentaria y la delimitación de qué información puede ser utilizada para avanzar en la causa.

El Maipo

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