A un paso de la libertad: cómo el proyecto de penas alternativas podría beneficiar a violadores de DDHH

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En una estrecha votación de 23 votos a favor y 22 en contra, el pleno del Senado aprobó en general el proyecto que regula la suspensión y el cumplimiento alternativo de penas privativas de libertad para condenados que reúnan ciertas condiciones de salud, edad u otras circunstancias específicas.

La iniciativa, originada en una moción de los senadores Francisco Chahuán, Luz Ebensperger, Luciano Cruz-Coke, Alejandro Kusanovic y Carlos Kuschel, fue debatida en tres sesiones de Sala antes de someterse a votación este miércoles 4 de marzo. Se fijó plazo hasta el lunes 16 de marzo a las 12 horas para la presentación de indicaciones, indicó prensa de la Cámara Alta.

¿Qué propone el proyecto?

El proyecto establece la figura de la reclusión domiciliaria total como mecanismo de cumplimiento alternativo de pena. Esto implica la sustitución del encierro carcelario por el encierro en el domicilio del condenado durante las 24 horas del día. En ningún caso podrá fijarse como domicilio el lugar donde resida la víctima del delito.

Podrían acogerse a esta modalidad quienes se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:

  • internos con enfermedad crónica cuyo tratamiento o recuperación sea impedida por la privación de libertad;
  • internos con enfermedad incurable en etapa terminal;
  • internos con discapacidad que implique un trato indigno, inhumano o cruel en el recinto carcelario;
  • e internos que, sumando su edad real y los años efectivos de privación de libertad, alcancen los 80 años, con un mínimo de 70 años de edad real.

Un debate marcado por posiciones encontradas

Los defensores de la moción argumentaron que no se trata de impunidad, ya que no se extinguen las penas ni se anulan las condenas, sino de humanizar la situación de reclusos gravemente enfermos o en condiciones que el Estado no puede atender dignamente dentro del sistema penitenciario.

En la vereda opuesta, los detractores advirtieron que los requisitos del proyecto son demasiado amplios y podrían beneficiar a condenados por delitos de lesa humanidad y otros crímenes graves como homicidio, parricidio y violación. Además, señalaron que la iniciativa contradice tratados internacionales suscritos por Chile, como el Estatuto de Roma, y que no consideró las observaciones formuladas por la Corte Suprema.

Reserva de constitucionalidad y efectos prácticos

Tras la votación, la senadora Yasna Provoste anunció reserva de constitucionalidad, argumentando que el proyecto incumple compromisos internacionales del país. El senador Fidel Espinoza adhirió a esa posición.

Cabe señalar que una de las normas relativas a la organización y atribuciones de los tribunales fue rechazada por no alcanzar el quórum de 26 votos requerido.

Desde la alianza de gobierno se ha alertado que la iniciativa podría beneficiar a condenados por crímenes de lesa humanidad durante la dictadura, como Miguel Krassnoff, Álvaro Corbalán, Pedro Espinoza, Raúl Iturriaga y Pedro Barrientos, este último responsable del asesinato del cantautor Víctor Jara y quien lleva menos de dos años cumpliendo condena en Chile tras haber permanecido durante décadas en Estados Unidos.

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