Preocupa pérdidas de tierras agrícolas en República Dominicana

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Ante la pérdida de terrenos agrícolas en República Dominicana, el ministro de la Presidencia, Joel Santos, consideró hoy que el país debe encontrar la manera de que la producción local continúe y se desarrolle.

Santos atribuyó esa situación, que no es nueva, a dos causas fundamentales: el crecimiento urbanístico irregular y los efectos negativos del cambio climático, problemática que preocupa fundamentalmente a los productores.

Durante la celebración aquí del XXIV Encuentro de Líderes Agropecuarios, el titular reiteró la importancia de la preservación de las tierras fértiles para garantizar la seguridad alimentaria y porque, además, es imposible depender de las importaciones.

Diario Libre publicó en días recientes que las provincias más afectadas por la pérdida de terrenos son Puerto Plata, Espaillant, Duarte y San Cristóbal.

De acuerdo con el rotativo, algunos agricultores deciden vender sus terrenos ante la baja rentabilidad, en tanto quienes deciden permanecer en ese oficio se enfrentan al impacto del calentamiento global y la falta de relevo generacional, entre otras situaciones.

Datos del Ministerio de Economía citados por Diario Libre indican que entre 1995 y 2020 República Dominicana perdió grandes extensiones de tierras cultivables, entre otros motivos por el crecimiento urbanístico, por lo general sin planificación.

Para el ministro de la Presidencia, la aplicación de la Ley de Ordenamiento Territorial podría en parte ser una solución a ese problema, pero son muchas las personas qué se preguntan por que se dilata tanto su aplicación.

El presidente dominicano, Luis Abinader, promulgó el 22 de diciembre pasado la Ley número 368-22, de Ordenamiento Territorial, Uso de Suelo y Asentamientos Humanos, la cual regula el empleo del suelo y crea las herramientas jurídico-administrativas para la formulación de planes de organización a nivel nacional, regional y municipal.

Una de sus novedades está dada en la clasificación del suelo en urbano, urbanizable y no urbanizable. En este último se agrupan los vinculados a actividades agropecuarias o forestales, así como las zonas naturales protegidas o de interés cultural.

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