Sábado, Marzo 15, 2025

Replantear la pena de muerte en Chile: ¿Una medida de seguridad o un retroceso irreparable? Por Rossana Carrasco Meza

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En los últimos días, han resurgido voces que proponen reinstaurar la pena de muerte en Chile, justificándola en casos excepcionales. Otras posturas, en cambio, abogan por modificar la normativa vigente para eliminar las restricciones impuestas por tratados internacionales suscritos por el país. Ante esta polarización, resulta fundamental analizar en profundidad las implicancias de tales propuestas.

Desde una perspectiva central, reinstaurar la pena capital no solo institucionaliza la violencia letal, sino que representa una grave involución en términos de derechos humanos y justicia. En un mundo que busca erradicar la violencia y promover la dignidad humana, restablecer esta medida en Chile significaría un retroceso histórico con consecuencias devastadoras para nuestra sociedad¹.

El Estado debe priorizar el bienestar social, la educación y la justicia restaurativa en lugar de recurrir a la pena de muerte. Históricamente, esta ha afectado de manera desproporcionada a personas en situación de vulnerabilidad económica y social. La desigualdad en el acceso a la justicia ha demostrado que los sectores más desfavorecidos reciben penas más severas, mientras que aquellos con mayores recursos acceden a mejores defensas y condenas menos estrictas. Esto confirma una justicia penal inherentemente desigual, lo que la hace incompatible con los principios de una sociedad democrática.

Además, reinstaurar la pena capital implicaría romper compromisos internacionales fundamentales. Chile, que abolió esta medida en 2001, quedaría en grave conflicto con tratados de derechos humanos como la Convención Americana sobre Derechos Humanos, también conocida como el Pacto de San José de Costa Rica². Esta ruptura podría deteriorar la imagen internacional del país y derivar en sanciones diplomáticas o comerciales. Independientemente de la motivación detrás de este debate, apostar por una medida tan extrema resulta peligroso para el entramado social. La reinstauración de la pena de muerte, lejos de aportar seguridad, podría profundizar el clima de violencia y división en la sociedad.

En los países donde aún se mantiene la pena capital, se emplean métodos como la decapitación, el ahorcamiento, la inyección letal y la muerte por arma de fuego, cada uno de los cuales constituye una manifestación extrema de violencia institucionalizada³. Estos métodos no solo vulneran la dignidad humana, sino que envían un mensaje erróneo: que la solución a los conflictos radica en la imposición de la muerte.

La pena de muerte también conlleva el riesgo de normalizar la violencia como forma de resolución de conflictos, fomentando una cultura de venganza y deshumanización. Su implementación podría generar actitudes de intolerancia y represalia, debilitando los procesos de rehabilitación y empatía.

Actualmente, la pena de muerte sigue vigente en países como China, Irán, Arabia Saudita y Estados Unidos, donde se aplican ejecuciones de forma regular. Sin embargo, diversos informes han evidenciado que esta práctica no necesariamente reduce las tasas de criminalidad⁴. En contraste, en Europa, la mayoría de los países han abolido la pena de muerte y han apostado por estrategias basadas en la rehabilitación, la educación y las políticas de bienestar social, con resultados más efectivos en la reducción de la criminalidad⁵.

En conclusión, reinstaurar la pena de muerte en Chile no es una medida que garantice mayor seguridad; por el contrario, constituye una regresión ética y civilizatoria. Desde una visión socialista y humanista, la verdadera solución a la delincuencia radica en fortalecer la educación, la justicia restaurativa y la inversión en salud y políticas sociales que aborden las causas profundas de la violencia. Nuestra sociedad merece avanzar hacia un futuro en el que el respeto por la vida y la dignidad humana sean los pilares de la justicia, en lugar de perpetuar una violencia estatal que nos empobrece a todos.

Referencias:

¹ Amnistía Internacional. (2022). El impacto de la pena de muerte en los derechos humanos.

² OEA. (1969). Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica).

³ Amnistía Internacional. (2021). Informe global sobre la pena de muerte.

⁴ Amnistía Internacional. (2023). Efectividad de la pena de muerte en la reducción de la criminalidad.

⁵ Consejo de Europa. (2021). Abolición de la pena de muerte y sus efectos en la seguridad ciudadana.

Columna publicada por Le Monde Diplomatique el 14 de marzo de 2025.

Por Rossana Carrasco Meza. Cientista Política PUC; Magister en Gestión y Desarrollo Regional y Local de la Universidad de Chile.

Nota: EL contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de sus autores, y no refleja necesariamente la línea editorial de El Maipo

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