El Tribunal Constitucional declaró inconstitucionales tres grupos de disposiciones de la Ley de Reconstrucción Nacional. Entre ellas, eliminó los requisitos que el Congreso había establecido para que las municipalidades accedieran a la compensación por la menor recaudación derivada de la exención de contribuciones para mayores de 65 años.
El Tribunal Constitucional (TC) terminó este viernes el control preventivo obligatorio de la denominada Ley de Reconstrucción Nacional y Desarrollo Económico y Social, dejando el proyecto en condiciones de ser promulgado, aunque con tres grupos de disposiciones eliminados del texto aprobado por el Congreso.
Una de las principales modificaciones afecta directamente al mecanismo de compensación a las municipalidades por la menor recaudación que provocará la exención del pago de contribuciones para las personas de 65 años o más, respecto de su vivienda principal.
El TC declaró inconstitucionales las condiciones que habían sido incorporadas durante la tramitación legislativa para que los municipios pudieran acceder a esos recursos.
Se eliminan los requisitos para recibir la compensación
La fórmula aprobada por el Congreso contemplaba una compensación anual para los municipios afectados por la disminución de ingresos provenientes del impuesto territorial.
El mecanismo consideraba recursos por aproximadamente $110 mil millones destinados al Fondo Común Municipal y otros $80 mil millones para transferencias directas a las municipalidades, de acuerdo con la fórmula aprobada por el Senado en agosto.
Sin embargo, el acceso a esos recursos había quedado sujeto a determinadas condiciones.
Entre ellas estaba que las municipalidades mantuvieran actualizada ante la Dirección de Presupuestos la información relacionada con sus funcionarios y honorarios. También se exigía acreditar una reducción de al menos 30% en los tiempos promedio de tramitación de permisos municipales, tomando como referencia el período comprendido entre 2023 y 2025.
El Tribunal Constitucional declaró inconstitucionales esas condiciones y ordenó eliminarlas del texto que será promulgado.
De esta manera, la compensación municipal permanece en la legislación, pero sin los requisitos de gestión que habían sido incorporados durante la discusión parlamentaria.
También cambia el Fondo Común Municipal
El TC además declaró inconstitucional el inciso sexto del artículo décimo séptimo transitorio.
Esa disposición establecía un mecanismo para los años 2027 y 2028, mediante el cual determinadas municipalidades podían retener mayores ingresos propios hasta compensar las pérdidas asociadas a la exención del impuesto territorial.
El tribunal consideró que esa norma afectaba el principio de redistribución solidaria del Fondo Común Municipal, mecanismo mediante el cual los recursos municipales son redistribuidos entre las distintas comunas del país.
Según los antecedentes del fallo, la disposición podía beneficiar particularmente a Santiago, Providencia, Las Condes y Vitacura, al permitir que determinados ingresos permanecieran en esas comunas en lugar de incorporarse al mecanismo de redistribución.
Otra norma eliminada afecta a proyectos con RCA anuladas
El pronunciamiento del TC también dejó fuera el artículo 12 del proyecto.
La disposición establecía un mecanismo de indemnización para los titulares de proyectos cuya Resolución de Calificación Ambiental (RCA) hubiese sido anulada mediante una sentencia judicial firme.
El tribunal determinó que esa norma era contraria a la Constitución y ordenó su eliminación antes de la promulgación de la ley.
El resto del proyecto sometido al control preventivo obligatorio fue considerado conforme a la Constitución en las materias que correspondía revisar mediante este procedimiento. Respecto de otras disposiciones, el TC señaló que no correspondía pronunciarse en esta instancia al no tratarse de normas propias de una ley orgánica constitucional.
La ley queda lista para su promulgación
Con el pronunciamiento del Tribunal Constitucional, la Ley de Reconstrucción Nacional quedó en condiciones de avanzar hacia su promulgación.
El subsecretario del Interior, Máximo Pavez, destacó que el fallo permite continuar con el proceso y señaló que ahora corresponde avanzar hacia la promulgación de la iniciativa.
La iniciativa había sido despachada por el Congreso en agosto después de una extensa tramitación que incluyó una comisión mixta, modificaciones al texto y posteriormente la revisión constitucional.
El proyecto contempla, entre otras materias, cambios tributarios, modificaciones vinculadas a inversión y medidas destinadas a promover la actividad económica. También incluye la exención de contribuciones para la vivienda principal de personas mayores de 65 años, medida que está directamente relacionada con el mecanismo de compensación municipal.
Con el fallo de este viernes, el texto podrá continuar hacia su promulgación, pero lo hará con las tres disposiciones declaradas inconstitucionales fuera de la versión definitiva de la ley.
El Maipo




