Carabinero condenado a 17 años de prisión por violación y producción de material pornográfico infantil en Arica

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El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica condenó este viernes 23 de abril a un funcionario de Carabineros, identificado como L.F.C.P., de 23 años, a 17 años de presidio efectivo por la violación reiterada de una menor de 13 años, además de otras dos condenas de 3 años y un día cada una por delitos asociados a la producción y almacenamiento de material de abuso sexual infantil.

El fallo

En decisión unánime, los magistrados Mauricio Petit Moreno, Gabriel Ormeño Valdebenito y Ángela Stenger Reyes determinaron la culpabilidad del acusado como autor de tres delitos consumados: violación de menor de 14 años, determinación a una menor para el envío de imágenes de significación sexual, y producción y almacenamiento de pornografía infantil.

Junto a la pena principal, el tribunal impuso inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos, derechos políticos y el ejercicio de profesiones que involucren contacto directo y habitual con menores de edad. También quedó sujeto a vigilancia de la autoridad por 10 años tras cumplir su condena.

Los hechos

Según quedó establecido más allá de toda duda razonable, entre septiembre y diciembre de 2024, el condenado se aproximó a la víctima a través de redes sociales y luego de manera presencial, convenciéndola de mantener una relación sentimental. Durante ese período la manipuló para que le enviara fotografías y videos de contenido sexual explícito a través de WhatsApp.

En al menos dos ocasiones, en un motel de la ciudad de Arica, el imputado abusó sexualmente de la menor, filmando los actos con su propio teléfono celular y almacenando el material en el dispositivo.

El 5 de diciembre de 2024, la PDI ejecutó una orden de detención en su contra y, con autorización judicial, incautó su teléfono celular —un Motorola G-9 Plus— en el que se encontró todo el material que sirvió de evidencia para su condena.

Medidas adicionales

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, se ordenó la toma de muestras biológicas del sentenciado para la determinación de su huella genética y su incorporación al registro nacional de ADN de condenados.

El Maipo

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