Nuevo cuestionamiento a Rabat: decretos adelantaron la salida de dos condenados que decían ser del Tren de Aragua

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Tres ciudadanos venezolanos condenados por robo con intimidación y delitos relacionados con armas recibieron reducciones de sus penas durante la actual administración. Los decretos se fundamentaron en criterios jurídicos sobre la aplicación de la Ley 19.856, según una investigación de Interferencia.

Tres ciudadanos venezolanos condenados por robo con intimidación y tenencia ilegal de armas y municiones obtuvieron rebajas de condena que modificaron sus fechas de salida de prisión. Dos de ellos dejaron la cárcel en septiembre de 2026, mientras que el tercero tiene como fecha de término de condena marzo de 2027.

Según antecedentes pubklicados por Interferencia, el caso involucra decretos firmados por el ministro de Justicia, Fernando Rabat, y por el subsecretario de la cartera, Luis Silva, quien actuaba como ministro subrogante.

Los tres condenados formaban parte de un grupo detenido en La Serena en diciembre de 2021. De acuerdo con los antecedentes de la investigación periodística, se presentaban ante sus víctimas como integrantes del Tren de Aragua y les exigían pagos para permitirles ejercer el comercio sexual.

Sin embargo, la pertenencia de los hombres a esa organización criminal no fue acreditada en la sentencia. En agosto de 2022, el tribunal los condenó a cinco años y un día de presidio por los delitos que sí pudieron establecerse judicialmente.

Las reducciones y las fechas de salida

Según la investigación de Interferencia, Franyorkin Aramburu Hernández recibió una rebaja de nueve meses. En tanto, Winder Marott Morán y Jhonder Ollarves Berbesi obtuvieron reducciones de tres meses cada uno.

Rabat firmó los decretos correspondientes a Aramburu y Marott el 6 de julio y el 4 de septiembre, respectivamente. El documento relativo a Ollarves fue firmado el 7 de septiembre por Silva.

Las reducciones adelantaron las fechas de término de las condenas de Marott y Ollarves, quienes salieron de prisión el 9 y el 10 de septiembre. En el caso de Aramburu, la fecha de cumplimiento quedó fijada para el 8 de marzo de 2027.

La publicación de Interferencia también señaló que los tres registraban antecedentes por faltas al régimen penitenciario. Además, Aramburu había recibido el rechazo de una solicitud de libertad condicional en octubre de 2025.

El fundamento jurídico de los decretos

Las resoluciones se apoyaron en la interpretación del Ministerio de Justicia sobre la Ley 19.856, que regula la reducción de condenas por comportamiento sobresaliente.

Según los documentos revisados por Interferencia, los decretos citan jurisprudencia de la Corte de Apelaciones de Santiago y de la Corte Suprema. Esa interpretación sostiene que, cuando no se configuran las causales legales de exclusión y se cumplen los requisitos establecidos, el Ministerio debe conceder el beneficio.

Este criterio ha sido denominado “Doctrina Rabat” en la cobertura periodística del caso. Su aplicación plantea una discusión sobre el margen de decisión de la cartera al resolver estas solicitudes y el alcance de las restricciones contempladas en la ley.

La controversia también se relaciona con los antecedentes penitenciarios de los beneficiados y con la posibilidad de evaluar otras alternativas administrativas antes de que concluyeran sus condenas.

El contexto de las relaciones con Venezuela

Interferencia también abordó el momento en que se firmaron los decretos. Según su investigación, las resoluciones fueron emitidas después del restablecimiento de las relaciones diplomáticas entre Chile y Venezuela, el 30 de julio de 2026.

Ese acercamiento era relevante para las gestiones vinculadas con la eventual expulsión de ciudadanos venezolanos condenados por delitos en Chile. La investigación plantea que pudo evaluarse una coordinación entre las carteras de Justicia, Interior y Relaciones Exteriores para analizar alternativas en estos casos.

No obstante, los antecedentes publicados no establecen que los tres condenados pertenecieran al Tren de Aragua ni que esa organización fuera objeto de una condena judicial en esta causa. Los delitos acreditados fueron robo con intimidación y delitos relacionados con armas y municiones.

El caso vuelve a poner en discusión la aplicación de las rebajas de condena y los criterios jurídicos que utiliza el Ministerio de Justicia para resolverlas.

El Maipo

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