Desierto Florido bajo vigilancia: SMA advierte a 267 faenas mineras por riesgos para el ecosistema

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La autoridad ambiental notificó a empresas de Antofagasta, Atacama y Coquimbo para reforzar sus medidas de protección durante la floración de 2026. Las instrucciones incluyen restricciones al tránsito fuera de rutas autorizadas, resguardo del suelo y la vegetación nativa, prevención de atropellos de fauna y reporte de contingencias en un máximo de 24 horas.

La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) notificó a 267 unidades fiscalizables del sector minero para reforzar las medidas de protección del Desierto Florido, fenómeno natural que volvió a manifestarse en el norte de Chile tras las lluvias del invierno.

La instrucción abarca instalaciones y actividades mineras ubicadas en las regiones de Antofagasta, Atacama y Coquimbo, donde la floración estacional transforma sectores áridos en espacios de gran diversidad vegetal. El objetivo es prevenir impactos sobre la flora, la fauna silvestre y los suelos que permiten la germinación y el desarrollo de las especies.

La medida quedó establecida en el oficio Ord. SMA N.º 2484/2026, emitido por la División de Fiscalización del organismo. A través de este documento, la autoridad pidió a las empresas reforzar sus controles operacionales y cumplir estrictamente los compromisos ambientales asociados a sus proyectos.

El superintendente del Medio Ambiente, Emanuel Ibarra, destacó el valor ecológico del fenómeno y la presencia de especies endémicas, cuya conservación requiere medidas específicas durante este periodo.

«El Desierto Florido es un patrimonio natural de enorme valor ecológico y con un alto nivel de endemismo», señaló la autoridad, al explicar que la gestión preventiva busca que las actividades productivas se ajusten a las exigencias ambientales mientras se desarrolla la floración.

Qué deberán hacer las empresas mineras

Las unidades notificadas comprenden distintas actividades del sector, entre ellas minería metálica y no metálica, prospecciones, exploraciones, plantas de procesamiento, mineroductos, extracción de áridos, metalurgia y transporte o almacenamiento de concentrados minerales.

La SMA recordó que las empresas deben aplicar medidas para evitar que sus operaciones afecten las superficies naturales donde se desarrolla el Desierto Florido. Entre las principales exigencias se encuentran:

  • Restringir el tránsito a las rutas autorizadas: vehículos, maquinaria y trabajadores deben utilizar exclusivamente los caminos, huellas y superficies contemplados en sus respectivas Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA).
  • Inspeccionar los terrenos antes de intervenirlos: las empresas deben reforzar los recorridos de verificación para identificar plantas anuales, geófitas, cactáceas y especies endémicas.
  • Proteger la flora nativa: corresponde reforzar la señalización y conservación de especies protegidas, además de cumplir los compromisos de rescate, relocalización y reproducción en viveros cuando corresponda.
  • Evitar la degradación del suelo: las medidas deben impedir la pérdida, mezcla, compactación o contaminación de la capa superficial y del banco de semillas.
  • Prevenir daños a la fauna: se deben intensificar las medidas para evitar atropellos de animales silvestres que puedan aumentar su presencia debido a la mayor disponibilidad de alimento y cobertura vegetal.
  • Controlar los residuos: los desechos, materiales y estériles deben mantenerse en lugares autorizados, sin ocupar superficies naturales que no hayan sido intervenidas.
  • Mantener los monitoreos ambientales: las empresas deben cumplir los programas de seguimiento e informar oportunamente cualquier incidente relacionado con la floración.

Además, la Superintendencia recordó que las contingencias que afecten superficies donde se desarrolla el fenómeno deben notificarse a través del Sistema de Seguimiento Ambiental dentro de un plazo máximo de 24 horas desde ocurrido el evento.

La advertencia se extiende a otras actividades industriales

La notificación a las faenas mineras amplía las medidas preventivas que la SMA había comunicado anteriormente a proyectos de energías renovables no convencionales, incluidos parques fotovoltaicos y eólicos.

El 24 de septiembre, el organismo informó que había instruido a titulares de este tipo de instalaciones ubicadas en las mismas tres regiones para que adoptaran medidas destinadas a evitar y controlar posibles impactos sobre las áreas de floración.

Con la incorporación del sector minero, la autoridad busca abarcar actividades industriales que pueden coincidir territorialmente con espacios donde se desarrolla el fenómeno.

La SMA no informó que las 267 unidades notificadas hayan cometido infracciones. Se trata de una acción preventiva para reforzar el cumplimiento de las obligaciones ambientales, por lo que no debe confundirse la comunicación de estas instrucciones con la aplicación de sanciones a todas las empresas involucradas.

Un ecosistema que necesita protección durante la floración

El Desierto Florido depende de condiciones climáticas específicas. Las precipitaciones permiten que semillas y estructuras vegetales que permanecen en el suelo germinen y den paso a una floración que puede incluir numerosas especies, algunas de distribución restringida y con problemas de conservación.

La aparición de flores no significa que el ecosistema haya dejado de ser vulnerable. El tránsito de vehículos fuera de las rutas autorizadas, la intervención de terrenos y la alteración de la superficie pueden representar riesgos para la vegetación y el banco de semillas, incluso cuando los efectos no son inmediatamente visibles.

A esta presión potencial se suma la circulación de visitantes que buscan fotografiar la floración. El ingreso a sectores no habilitados o el abandono de senderos puede aumentar la presión sobre el entorno, aunque la existencia de registros de personas fuera de las rutas no permite afirmar por sí sola que se haya acreditado un daño específico.

En este escenario, la protección del Desierto Florido requiere tanto el cumplimiento de las obligaciones ambientales de las actividades industriales como conductas responsables de quienes visitan las zonas de floración.

La ampliación de las advertencias de la SMA instala así un desafío para la gestión ambiental del norte de Chile: compatibilizar las actividades productivas con la conservación de un fenómeno natural de alto valor ecológico, cuya aparición depende de condiciones particulares y cuya recuperación puede verse comprometida si se altera su entorno.

El Maipo

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