El temor a las Medidas Coercitivas Unilaterales (MCU), o sanciones, no es infundado. Por ejemplo: desde 2018 la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) aplicó sanciones contra el uso por parte de Irán de las criptomonedas; la naturaleza descentralizada de la blockchain no ofrece ya ninguna inmunidad. Cualquier exchange o proveedor de servicios de activos virtuales con algún nexo con los Estados Unidos – ya sea por estar incorporado allí, tener clientes estadounidenses o procesar transacciones en dólares – queda obligado a bloquear operaciones, verificar direcciones IP y reportar activos congelados, bajo amenaza de multas millonarias y exclusión del sistema financiero en dólares; lo mismo pasó con el Petro en el caso venezolano. El resultado es un régimen que se autorreplica: no hace falta que Washington sancione directamente a un actor para que ese actor quede aislado. Basta con que terceros, por precaución, decidan no arriesgarse, esto es el sobrecumplimiento.
Lo que dicen los números: el costo humano
Durante años, el argumento de que las sanciones son “quirúrgicas” o “dirigidas” – que golpean a gobiernos sin dañar a las poblaciones – ha sido difícil de refutar con datos duros. Eso cambió con un estudio del Centro de Investigaciones de Política Económica (CEPR) de Washington: un análisis de panel comparativo sobre sanciones y mortalidad por grupos de edad, con datos de 170 países entre 1971 y 2021 que presenta hallazgos contundentes: las sanciones elevan las tasas de mortalidad en todos los grupos etarios, no solo en poblaciones vulnerables específicas; la mortalidad en menores de un año aumenta un 21%, producto del colapso en salud, nutrición y acceso a medicamentos; a mayor duración del bloqueo, mayor mortalidad, lo que desmonta la idea de que el impacto es un “shock temporal” que las sociedades eventualmente absorben; la vulnerabilidad específica en salud materna y carga de cuidados las expone de forma desproporcionada a los efectos del bloqueo. Finalmente: las medidas unilaterales impuestas por Washington resultan más mortíferas que las decididas por el Consejo de Seguridad de la ONU o por otros bloques.
Cuando la sanción se vuelve arma política
El gobierno estadounidense ha expandido el uso político de las MCU, dirigiéndolas no solo contra gobiernos e instituciones, sino que en últimos años las ha dirigido contra personas concretas cuyas acciones incomodan a Washington o a sus aliados.
En diciembre de 2025, los Estados Unidos sancionó a dos juezas de la Corte Penal Internacional – Gocha Lordkipanidze, de Georgia, y Erdenebalsuren Damdin, de Mongolia – por su participación en investigaciones y órdenes de arresto contra funcionarios israelíes, incluido el propio primer ministro Benjamin Netanyahu. El secretario de Estado, Marco Rubio, justificó la medida calificando las acciones de la Corte como “politizadas” y advirtiendo que Washington no toleraría lo que consideraba una violación de la soberanía estadounidense e israelí, recordando que ninguno de los dos países forma parte del Estatuto de Roma.
Las consecuencias prácticas de este tipo de sanción son severas: las magistradas afectadas ven congelados sus fondos en bancos estadounidenses y bloqueadas sus tarjetas de crédito – sin importar el país emisor, dado el alcance global del sistema financiero en dólares –, pierden la posibilidad de hacer transferencias internacionales, reservar hoteles o usar servicios cotidianos, compras por internet, etc. Es, en la práctica, una forma de muerte financiera.
El caso de Francesca Albanese, relatora especial de la ONU para los territorios palestinos ocupados, ilustra además lo errático y politizado que puede volverse este mecanismo. Sancionada originalmente en julio de 2025 tras sus críticas sobre Gaza y sus recomendaciones a la CPI, un juez federal suspendió esas sanciones en mayo de 2026 por considerar que vulneraban indebidamente la libertad de expresión. Días después, un tribunal de apelaciones frenó esa suspensión mediante medidas cautelares, y la administración Trump reintrodujo las sanciones. El propio esposo de Albanese, el economista del Banco Mundial, Massimiliano Cali, enfrentó restricciones financieras en su empleo y presiones para su destitución impulsadas por la ONG UN Watch, a raíz de las sanciones contra su esposa.
Estos dos episodios – los jueces de la CPI y Albanese – muestran que el aparato sancionador no distingue entre Estados y personas: se despliega igual contra un gobierno que contra un magistrado individual o una relatora de derechos humanos, y sus efectos colaterales alcanzan incluso a familiares sin responsabilidad directa en el asunto que motivó la sanción.
Venezuela: cuando el bloqueo bloquea también la ayuda humanitaria
El caso venezolano conecta ambos planos – el estructural y el humano – de forma particularmente cruda. Tras los terremotos que golpearon al país el 24 de junio de 2026, más de cien economistas y académicos firmaron una carta dirigida al Gobierno de los Estados Unidos y al Fondo Monetario Internacional pidiendo levantar las sanciones económicas contra Venezuela y facilitar el acceso del país a mecanismos financieros internacionales para atender la emergencia.
La carta solicitó específicamente retirar las restricciones que afectan al Banco Central de Venezuela, a PDVSA y a otras instituciones, de modo que el país pudiera acceder a recursos internacionales destinados a la respuesta humanitaria y la reconstrucción. Organizaciones populares y sectores de la sociedad civil denunciaron en este momento enormes dificultades para recibir y distribuir ayuda, señalando que las sanciones impiden el acceso a fondos internacionales y dificultan que los insumos lleguen directamente a los afectados.
Es un ejemplo nítido de cómo el sobrecumplimiento descrito al inicio de este artículo – bancos y entidades que se abstienen de operar con Venezuela por temor a sanciones, más allá de lo que la ley exige – termina obstaculizando incluso la respuesta a catástrofes naturales, en las que no debería mediar ninguna consideración política.
Un patrón común
Los episodios reunidos aquí – el diseño extraterritorial del régimen OFAC, la evidencia estadística sobre mortalidad, la sanción selectiva de jueces y relatores, y el bloqueo humanitario en Venezuela que también se han estado aplicando con la misma fuerza contra Cuba – son expresiones de un mismo patrón: un sistema de sanciones que opera menos como herramienta jurídica dirigida y más como instrumento de poder de alcance global, cuyo costo se mide en mortalidad infantil, y en ayuda humanitaria que no llega a tiempo, en casos de crisis que estas mismas provocan, lo que se traduce en la tormenta perfecta y un arma para el modelo de cambio de régimen ya probado en más de 20 países de todo el mundo.
La pregunta que dejan abierta estos casos no es si las sanciones “funcionan” en términos de la política que buscan cambiar, sino quién termina pagando el costo cuando el sistema se sobrecumple: casi siempre, no solo los gobiernos a los que apuntan, sino en mayor medida a las poblaciones, los lactantes, las mujeres y los individuos que quedan atrapados en su radio de acción mientras el gobierno de los EE. UU. hace uso de estas medidas ilegales con total impunidad.
*Carmen Navas Reyes, politóloga venezolana, con maestría en Ecología para el Desarrollo Humano (UNESR). Actualmente cursa un doctorado en Estudios de Nuestra América en la Fundación Centro de Estudios Latinoamericanos Rómulo Gallegos (CELARG) en Venezuela. Investigadora del Instituto Tricontinental de Investigación Social.
El Maipo/Globetrotter




