Viernes, Junio 12, 2026

Tribunales: Niño fue obligado a presenciar la ejecución de su padre y hermano en 1973

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La Octava Sala del tribunal de alzada aumentó el monto fijado en primera instancia, reconociendo la extrema crueldad de los hechos y la corta edad de la víctima al momento del crimen.

La Corte de Apelaciones de Santiago condenó al Fisco de Chile a pagar una indemnización de $100.000.000 por concepto de daño moral a Plácido René Gómez Velásquez, quien tenía apenas seis años cuando, el día lunes 17 de septiembre de 1973, fuera obligado junto a su familia a presenciar el asesinato de su padre y su hermano mayor a manos de carabineros en la localidad de Cobquecura, en la actual región del Ñuble.

Los hechos

Según establece el fallo, dos funcionarios del Retén de Carabineros de Cobquecura irrumpieron ese lunes en el domicilio de José René Gómez Velásquez, de 42 años, y lo ejecutaron a quemarropa junto a su hijo José Domingo Gómez Concha, de 17 años, en presencia de toda la familia.

El crimen no terminó ahí. Tras los disparos, los agentes amenazaron de muerte a la madre y conviviente de las víctimas, Aurora Concha Rivas, obligándola a sepultarlos en un plazo de dos horas e impidiendo cualquier constatación médica de las causas de muerte. Al día siguiente, bajo las mismas amenazas, la familia fue forzada a abandonar Cobquecura y trasladarse a Quirihue.

Estos hechos fueron reconocidos por el Informe de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación y posteriormente investigados por la justicia bajo el delito de homicidio, siendo calificados como crímenes de lesa humanidad.

Las consecuencias para el demandante

El tribunal subrayó el impacto devastador que los hechos tuvieron en la vida del demandante. Plácido René Gómez Velásquez, quien vivía junto a su madre Elba Flor Velásquez —pareja afectiva del hombre asesinado—, “creció en situación de pobreza y desamparo, desarraigado de su lugar de origen, experimentando rabia, dolor, sufrimiento y angustia por una situación injusta que no estaba obligado a soportar”, consigna la resolución.

Su calidad de hijo biológico de José René Gómez Velásquez fue acreditada mediante sentencia dictada en 2021 por el Juzgado de Familia de Pudahuel, condición que no fue controvertida durante el proceso.

El fallo

En causa rol 4.218-2025, la Octava Sala —integrada por los ministros Rodrigo Schnettler, Guillermo Rodríguez y el abogado integrante Sebastián Perelló— confirmó por unanimidad la sentencia del Vigesimoséptimo Juzgado Civil de Santiago, pero elevó el monto indemnizatorio fijado en primera instancia.

El tribunal argumentó que la cifra debía aumentarse considerando “la dinámica de los hechos, la inusitada crueldad con que actuaron los agentes del Estado, el entorno de relaciones del actor y su edad a la fecha de los hechos”, siendo estos además constitutivos de graves violaciones al derecho internacional de los derechos humanos.

“El resarcimiento en la suma de $100.000.000 corresponde al monto de reparación condigno del sufrimiento irrogado al actor”, concluyó la Corte.

La condena al Fisco de Chile incluye los reajustes e intereses determinados en la sentencia, en el marco de la causa caratulada Gómez/Fisco de Chile – Consejo de Defensa del Estado.

El Maipo

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