Suprema ratifica condena a exoficial por secuestro de ciudadana uruguaya ocurrido en 1973, cuyos restos fueron hallados en 2008 en recinto militar

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La Corte Suprema de Chile ratificó la condena contra un oficial de Ejército en retiro por su participación en el secuestro calificado de Mónica Cristina Benaroyo Penco, detenida en Arica días después del golpe de Estado de 1973 y cuyos restos fueron encontrados recién en 2008 en un recinto militar.

En decisión unánime, la Segunda Sala del máximo tribunal confirmó la sentencia previamente dictada por la Corte de Apelaciones de La Serena, que impuso a Juan Iván Vidal Olgueta —entonces teniente— la pena de tres años y un día de presidio, en calidad de cómplice del delito.

Detención y desaparición

De acuerdo con los antecedentes establecidos en primera instancia por el ministro en visita Vicente Hormazábal Abarzúa, la víctima fue detenida el 14 de septiembre de 1973 por funcionarios de la Policía de Investigaciones en el hotel Tynos de Arica, donde se hospedaba. Posteriormente fue trasladada a dependencias policiales y luego ingresada a la cárcel pública por orden de un tribunal militar.

Aunque el 25 de septiembre de ese año se dispuso formalmente su libertad, la mujer nunca regresó al lugar donde residía. Testimonios incorporados en la investigación señalaron que fue vista en meses posteriores bajo custodia en el Departamento II del Regimiento Reforzado N°4 “Rancagua”, donde habría sido sometida a interrogatorios y torturas.

Hallazgo de restos en 2008

Durante más de tres décadas no existieron antecedentes oficiales sobre su paradero. El 16 de julio de 2008 se produjo un hallazgo clave: restos óseos —sin la cabeza— fueron encontrados en el sector Pampa Chaca Oeste, dentro de un recinto militar en Arica.

Peritajes del Servicio Médico Legal confirmaron que las osamentas correspondían a Benaroyo Penco y que el cuerpo había sido enterrado por terceros, en lo que se interpretó como una acción de ocultamiento. Su fallecimiento fue calificado como sospechoso de criminalidad y, años después, la causa de muerte fue inscrita como indeterminada.

Rechazo del recurso de la defensa

La defensa del exmilitar intentó revertir la sentencia alegando errores en la valoración de la prueba y eximentes de responsabilidad como obediencia debida o miedo insuperable. Sin embargo, la Suprema descartó esos argumentos, señalando que los hechos ya habían sido fijados por los tribunales de instancia y que no correspondía revisarlos en esa etapa procesal.

Con esta resolución, el máximo tribunal cerró una arista judicial vinculada a crímenes cometidos tras el quiebre institucional de 1973, confirmando la responsabilidad penal determinada en las instancias previas y dando término a un proceso que se extendió por más de 50 años desde la desaparición de la víctima.

El Maipo

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