Comisiones del Senado respaldan prohibición de armas a denunciados por violencia intrafamiliar

Compartir:

Las Comisiones unidas de la Mujer y Equidad de Género y de Familia, Infancia y Adolescencia aprobaron por unanimidad el proyecto que impide el porte y tenencia de armas de fuego a personas denunciadas o condenadas por violencia intrafamiliar (VIF). La iniciativa, que cursa su segundo trámite legislativo, ahora debe ser visada por la Sala del Senado, señaló la oficina de prensa de la Cámara Alta.

El proyecto, presidido por la senadora Carmen Gloria Aravena, fue perfeccionado durante su tramitación en particular. Un cambio significativo consistió en sustituir el término “procesadas” por “denunciadas” en el título original, modificación solicitada por el senador Matías Walker para “ajustarse al contenido del texto y a los términos actuales del proceso penal acusatorio”.

Alcances de la normativa

La norma establece un marco más estricto para la tenencia, porte, uso, adquisición y almacenamiento de armas de fuego, municiones y cartuchos por parte de personas denunciadas, formalizadas, condenadas o sujetas a suspensión del procedimiento por VIF.

Un avance importante incorporado durante la tramitación establece que, ante riesgo inminente de maltrato constitutivo de violencia intrafamiliar, el juez deberá aplicar de manera preventiva la cautelar de prohibición de porte y tenencia y, cuando corresponda, la incautación de armas.

La subsecretaria de Prevención del Delito, Carolina Leitao, aclaró que las armas institucionales quedarán bajo custodia de la respectiva institución.

Medidas complementarias

El proyecto también contempla que cuando el denunciado esté autorizado para portar armas, el tribunal deberá dictar la medida cautelar especialmente si el arma está inscrita en el domicilio compartido con la víctima o ha sido utilizada para intimidarla o agredirla.

Si la denuncia revela que el agresor posee armas no registradas, el tribunal deberá, además de dictar la cautelar, remitir los antecedentes al Ministerio Público a la brevedad.

La ministra de la Mujer, Antonia Orellana, destacó que las enmiendas buscan “que el tribunal deba decretar inmediatamente la medida cautelar de prohibición de porte, tenencia y eventual retención de armas de fuego cuando se detecte que la persona denunciada tiene acceso a ellas”.

Las modificaciones incluyen actualizaciones a la Ley Integral contra la Violencia hacia las Mujeres y al Código Procesal Penal, armonizando la legislación para “evitar riesgo vital” de las víctimas.

El Maipo

Imagen: Senado

spot_img
spot_img

Mas noticias

Más Noticias

Los multimillonarios golpean a la democracia. Por Sergio Ferrari

Cuestionado por mal comportamiento laboral el gobierno argentino recibió una fuerte sanción. La principal confederación sindical mundial ubica...

¿Qué probabilidades hay de que a Ucrania se le permita usar Starlink o Starshield en todo el territorio ruso?. Por Andrés Korybko

Es comprensible que Musk se muestre reacio, ya que no quiere provocar que Putin intensifique el conflicto en...

Imacec de junio crece 2,4% y supera las expectativas del mercado impulsado por la minería

El Banco Central informó que la actividad económica aumentó un 2,4% en comparación con junio de 2025, impulsada...

Ministra de Salud cuestiona proyecto “Escucha su corazón”: “No hay evidencia científica de que la mujer cambie de opinión”

May Chomali sostuvo que no existen estudios que demuestren que escuchar los latidos del feto modifique la decisión...