Para estas elecciones presidenciales y parlamentarias, el Servicio Electoral (SERVEL) entrega información clave sobre requisitos, documentación y procedimientos para que los ciudadanos puedan votar sin contratiempos.
Es fundamental que los votantes conozcan los requisitos y procedimientos para ejercer su derecho a sufragio. El Servicio Electoral (Servel) ha actualizado la información sobre quiénes pueden participar en este importante proceso democrático.
¿Quiénes están habilitados para votar?
Podrán ejercer su derecho a voto todos los chilenos y extranjeros que cumplan 18 años de edad el día de la votación y estén inscritos en el padrón electoral. La buena noticia es que la inscripción es automática, por lo que no es necesario acudir a las oficinas del Servicio Electoral.
En el caso de los extranjeros residentes, podrán sufragar aquellos que vivan en Chile hace más de cinco años. También están habilitados los nacionalizados por gracia y los hijos de chilenos que lleven al menos un año residiendo en el país.
Documentos válidos para votar
Para ejercer el derecho a voto, los chilenos deberán presentar su cédula nacional de identidad o pasaporte vigente. Los extranjeros, por su parte, deberán portar su cédula de identidad para extranjeros. Es crucial que cualquiera de estos documentos esté vigente el día de la elección.
Un dato importante: si extraviaste tu cédula de identidad, puedes usar tu pasaporte vigente como alternativa. Sin embargo, el comprobante de cédula en trámite que entrega el Registro Civil no sirve como documento válido para votar.
¿Puedo votar con uno de estos documentos vencidos?
Sí, se puede votar con el carnet o con el pasaporte vencido. Eso sí, es importante recordar que solo pueden estar vencidos hasta máximo un año antes de las Elecciones Presidenciales y Parlamentarias 2025, o sea, el 16 de noviembre de 2024. Cualquier carnet o pasaporte vencido antes de esa fecha no será válido para votar.
Recuerde que NO se puede votar con:
-El comprobante del trámite para obtener la cédula de identidad
-Licencia de conducir
-Con fotocopia o imagen digital de cualquiera de estos documentos
Horarios y permisos laborales
Las mesas receptoras abrirán a las 8:00 AM y cerrarán a las 18:00 horas, siempre que no queden electores esperando para votar. Excepcionalmente, algunas mesas pueden comenzar a funcionar a las 9:00 o 10:00 AM, dependiendo de si se logró constituir con todos los vocales designados.
Aunque el voto es voluntario en Chile, la ley protege el derecho de los trabajadores a ausentarse para votar. Ningún empleador puede exigir trabajo que impida a sus empleados ejercer el sufragio. Para quienes trabajen en servicios esenciales —como salud o medios de comunicación— se garantiza un permiso de dos horas sin descuento de remuneraciones.
Facilidades para personas con discapacidad
El Servel ha implementado medidas inclusivas para garantizar que todas las personas puedan votar. Los ciudadanos no videntes contarán con plantillas especiales con ranuras correspondientes a cada candidato, disponibles en las Oficinas Electorales de cada recinto.
Las personas con discapacidad pueden acudir acompañadas de un mayor de edad hasta la mesa e incluso ingresar con esa persona a la cámara secreta. También pueden solicitar asistencia al presidente de mesa mediante lenguaje de señas o por escrito.
Consulta tu local de votación
Para conocer el local donde te corresponde votar, puedes consultar el sitio web del Servel
Con estas medidas, el Servicio Electoral busca facilitar la participación ciudadana en un proceso fundamental para la democracia chilena, garantizando que cada voto cuente y que todos los ciudadanos habilitados puedan ejercer este derecho de manera informada y sin obstáculos.
¿Qué pasa si no voy a votar?
Los chilenos que no concurran a votar serán sancionados con una multa de entre 0,5 y 1,5 UTM. En el caso de los extranjeros y chilenos en el exterior habilitados para votar no quedarán afectos a la multa.
Excepciones para ciudadanos que no pueden concurrir a votar
Si no puedes votar, deberás esperar a ser citado por el Juzgado de Policía Local después de la elección. En ese momento, podrás presentar la documentación que acredite una de las siguientes excepciones:
-Que te encontrabas fuera del país el 16 de noviembre.
-Certificados o licencias médicas por causa de alguna enfermedad.
-Que te encontrabas a más de 200 km de tu local de votación (en este caso, el día de la elección debes dejar una constancia en Carabineros, y guardar el comprobante).
-Que desempeñabas funciones encomendadas por la ley electoral el día de las elecciones.
-Que cuentas con calificación o certificación de discapacidad.
-Que te encontrabas afecto a cualquier otro impedimento grave que será debidamente ponderado por el juez.
Por lo anterior, es importante que guardes todos los antecedentes que puedan comprobar tu situación para el día de la elección y siempre dejar constancia en Carabineros.
El Maipo



