La iniciativa busca proteger la biodiversidad del borde costero y especies en peligro que habitan en estos ecosistemas
El Senado dejó listo para votación en Sala el proyecto de ley que regula el ingreso y tránsito de vehículos motorizados en playas y dunas de todo el territorio nacional. La Comisión de Medio Ambiente, Cambio Climático y Bienes Nacionales elaboró un segundo informe de la iniciativa, que ahora está en condiciones de ser votada por el pleno, informó la sala de prensa de la Cámara Alta.
El proyecto prohíbe el ingreso y tránsito de vehículos motorizados en arenas de playa, terrenos de playa, humedales costeros y dunas costeras, con el objetivo de proteger la biodiversidad y morfología del borde costero. La medida apunta especialmente a salvaguardar especies en peligro y sus hábitats, como aves que nidifican en estas áreas.
Excepciones contempladas
La normativa establece excepciones para vehículos de emergencia, seguridad, vigilancia, mantención y aseo, además de vehículos fiscales. También podrán circular aquellos utilizados en actividades autorizadas como la pesca artesanal, actividades conexas a la pesca y operaciones vinculadas a la acuicultura.
De manera excepcional, cuando no exista otra vía de acceso, se permitirá el ingreso de vehículos para llegar a viviendas aledañas a estos sitios.
Trámite legislativo
La iniciativa fue aprobada en general por el Senado en marzo de este año y durante su trámite particular se presentaron una veintena de indicaciones, varias de las cuales fueron aprobadas con modificaciones. Entre los cambios, se incorporó un nuevo artículo que define el objeto de la ley y reorganiza el contenido de la prohibición.
El proyecto define conceptos como “duna costera” y “humedal costero”, y establece que la fiscalización corresponderá a Carabineros de Chile y otros órganos de la Administración del Estado con facultades fiscalizadoras en dichos sitios.
Sanciones
Las infracciones serán sancionadas por el Juzgado de Policía Local de la comuna donde se cometa la falta, con multas a beneficio fiscal que van desde cinco a treinta unidades tributarias mensuales.
En caso de reincidencia, se podrá aplicar una multa equivalente al doble del máximo establecido, además de suspensión de la licencia de conducir por hasta seis meses e inhabilidad para obtenerla por el mismo período.
La responsabilidad recaerá sobre el conductor del vehículo y, si su identidad no puede ser constatada, sobre el propietario o tenedor del mismo.
El proyecto cumple su segundo trámite constitucional y aguarda ser votado en Sala para continuar su tramitación legislativa.
El Maipo
Imagen: Felipe Jara Fernández en Resumen.



