La Superintendencia de Educación de Chile ratificó la prohibición a los colegios subvencionados de negar la matrícula a un alumno, cuando por razones socioeconómicas la familia esté impedida de pagarla.
De acuerdo con la superintendenta Loreto Orellana, la decisión no es un comodín para los hogares que simplemente no quieran pagar, sino únicamente en casos debidamente fundados.
A partir del dictamen número 75 de esa entidad, los establecimientos educativos que reciben apoyo económico estatal o municipal para su funcionamiento, quedan impedidos de aplicar medidas contra estudiantes derivadas de una situación familiar urgente.
El principio está basado en la Ley de Inclusión Escolar, destinada a resguardar el derecho a la educación sin discriminaciones arbitrarias.
Además, la norma de subvenciones contiene la prohibición expresa de aplicar la suspensión de clases, expulsión del centro o cancelación de matrículas ante el retraso justificado o no pago de las cuotas de padres o apoderados del alumno.
No tenemos por qué castigar a los niños por hechos como una enfermedad, el fallecimiento de un familiar o una pérdida material severa, como un incendio, que cambian radicalmente la condición socioeconómica, dijo Orellana.
En declaraciones a Radio Cooperativa, la funcionaria explicó que los colegios particulares sin ningún tipo de subvención quedan fuera de esta normativa.
El Maipo/PL