Viernes, Marzo 13, 2026

Corte Suprema ratifica condena contra ex oficiales de Carabineros por obstrucción a la investigación en Coyhaique

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El máximo tribunal rechazó el recurso de nulidad presentado por las defensas del ex prefecto Pablo Capetillo y el capitán Juan Fuentes, confirmando su responsabilidad en el ocultamiento de pruebas que inculparon injustamente a un estudiante en 2019.

La Segunda Sala de la Corte Suprema confirmó la sentencia contra dos ex altos mandos de Carabineros de la Región de Aysén, quienes fueron condenados como autores del delito consumado de obstrucción a la investigación, cometido en noviembre de 2019 en la comuna de Coyhaique.

El caso: ocultamiento de pruebas

Los hechos se remontan a las manifestaciones sociales de finales de 2019, cuando un estudiante fue detenido y formalizado por el supuesto lanzamiento de piedras contra un funcionario policial, quien resultó con lesiones graves. El joven permaneció en prisión preventiva bajo la acusación de los oficiales.

Sin embargo, la investigación judicial permitió acreditar que el entonces prefecto de Carabineros, Pablo Capetillo Contreras, y el jefe de Fuerzas Especiales, capitán Juan Fuentes Fuentealba, tenían en su poder un video que exculpaba al estudiante de los hechos. Pese a conocer esta evidencia, los uniformados ordenaron excluir el registro de los informes enviados al Ministerio Público y, posteriormente, omitieron este conocimiento al prestar declaración.

Decisión del máximo tribunal

En un fallo dividido (causa rol 6.469-2025), la Corte Suprema descartó cualquier error de derecho en la sentencia dictada originalmente por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Coyhaique.

El tribunal reafirmó que los condenados actuaron con plena conciencia al presentar declaraciones contrarias a la evidencia técnica. Sobre el capitán Fuentes, el fallo aclara que su condena se fundamenta en un hecho propio —mentir en su declaración como testigo— y no depende de las órdenes jerárquicas recibidas, desestimando los argumentos de su defensa sobre la teoría del dominio del hecho.

Penas confirmadas

La sentencia ratificada establece las siguientes sanciones para los ex uniformados:

  • Pablo Capetillo Contreras: 700 días de presidio y una multa de 8 UTM.
  • Juan Fuentes Fuentealba: 300 días de presidio y una multa de 4 UTM.

Ambas penas se cumplirán bajo la modalidad de remisión condicional (en libertad bajo vigilancia). No obstante, el fallo subraya que la sustitución de la pena principal no elimina las penas accesorias. Por tanto, ambos mantendrán la suspensión de cargo y oficio público durante el tiempo que dure la condena, lo que implica su salida efectiva de la institución.

El fallo fue adoptado con el voto en contra del ministro Juan Cristóbal Mera y la abogada integrante Leonor Etcheberry, quienes se inclinaban por acoger el recurso en favor de Capetillo para anular la aplicación de la pena accesoria.

El Maipo

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