Corte de Arica confirma prisión preventiva de oficial imputado por apremios ilegítimos con resultado de muerte y lesiones

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La Sala de Verano del tribunal de alzada ratificó por unanimidad la medida cautelar contra el oficial de Ejército Claudio Patricio Guajardo Pinochet, acusado de delitos cometidos contra conscriptos en abril de 2024.

La Corte de Apelaciones de Arica rechazó este viernes 13 de febrero el recurso de apelación presentado por la defensa y confirmó la prisión preventiva del oficial de Ejército Claudio Patricio Guajardo Pinochet, imputado por el Ministerio Público como autor de apremios ilegítimos con resultado de muerte y lesiones a reclutas, informó la sala de prensa del Poder Judicial.

Los ilícitos habrían sido cometidos en abril de 2024 en Pacollo, comuna de Putre, cuando las víctimas se encontraban realizando el servicio militar.

Fallo unánime

La Sala de Verano del tribunal de alzada —integrada por las ministras Juana Ríos Meza, Nora Bahamondes Acevedo y la abogada integrante Sandra Negretti Castro— ratificó en fallo unánime la resolución del Juzgado de Garantía de Arica, al considerar que la libertad del imputado “constituye un peligro para la seguridad de la sociedad y las víctimas”.

El tribunal estimó que los nuevos antecedentes presentados por la defensa no acreditan cambios en las circunstancias que permitieron establecer la participación del imputado como autor de los delitos tipificados en los artículos 150 D y 150 E N°3 del Código Penal, en relación al artículo 490 N°1 y artículo 397 N°2.

Múltiples delitos independientes

En su resolución, la Corte determinó que las acciones atribuidas al imputado deben entenderse como delitos independientes respecto de cada víctima afectada. Según el fallo, se trata de apremios ilegítimos y tratos crueles, inhumanos o degradantes cometidos por un funcionario público contra derechos garantizados por la Constitución, como la vida, la integridad física y psíquica, y la dignidad humana.

Específicamente, respecto del conscripto Franco Vargas (Q.E.P.D.), se configura el delito establecido en el artículo 150 E N°3 en relación al artículo 490 N°1 del Código Penal. Además, se imputaron cinco delitos previstos en el artículo 150 letra D respecto de cada una de las demás víctimas, y un delito de lesiones graves contra uno de los afectados.

Peligro para la sociedad

“Existen presunciones fundadas de que el imputado ha tenido participación en tales ilícitos en calidad de autor”, establece el fallo, agregando que “su libertad representa un peligro para la seguridad de la sociedad, atendido el número de delitos imputados, las penas probables y las circunstancias bajo las cuales se cometieron”.

El tribunal enfatizó especialmente que los hechos ocurrieron cuando “las víctimas se encontraban bajo la responsabilidad del Estado como garante de su vida y seguridad personal”.

Por estas razones, la Corte confirmó la resolución del 5 de febrero que mantiene la prisión preventiva de Claudio Patricio Guajardo Pinochet mientras continúa la investigación del Ministerio Público.

El Maipo

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