La Superintendencia del Medio Ambiente detectó incumplimientos reiterados en el volumen de residuos líquidos descargados desde el terminal marítimo de la compañía. En agosto de 2025, los hidrocarburos volátiles superaron en hasta un 382% el límite autorizado, según los antecedentes del procedimiento.
La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) formuló cargos contra Copec S.A. por superar reiteradamente los límites de descarga de residuos líquidos industriales desde su Terminal Marítimo de Quintero, en la Región de Valparaíso. Los antecedentes del organismo fiscalizador apuntan a incumplimientos registrados entre noviembre de 2023 y septiembre de 2025.
El establecimiento, ubicado en el sector El Bato de Quintero, cuenta con un sistema de tratamiento de residuos líquidos provenientes de las operaciones del terminal y de su planta de lubricantes. Sin embargo, según la SMA, los informes de fiscalización y los reportes de autocontrol evidenciaron excedencias respecto del volumen máximo autorizado en su programa de monitoreo.
Uno de los datos más relevantes del expediente corresponde a agosto de 2025, cuando la carga contaminante asociada a hidrocarburos volátiles llegó hasta un 382% por sobre el límite permitido. El procedimiento se relaciona con las descargas que llegan a la bahía mediante un emisario marítimo.
La formulación de cargos abre un procedimiento sancionatorio y no constituye, por sí sola, una sanción definitiva contra la empresa. Copec tendrá la oportunidad de presentar sus antecedentes y ejercer su derecho a defensa.
Incumplimientos detectados durante varios meses
De acuerdo con la información publicada por la SMA, el programa de monitoreo del terminal establece un volumen máximo diario de descarga de residuos líquidos industriales.
El organismo detectó que ese límite fue superado en noviembre de 2023 y, posteriormente, de manera continua entre abril y septiembre de 2025.
La superación del volumen autorizado también tuvo consecuencias sobre el parámetro de hidrocarburos volátiles. En agosto de 2025, la carga másica contaminante asociada a este indicador excedió el máximo permitido, alcanzando el 382% por sobre el límite establecido.
El procedimiento se apoya en antecedentes de fiscalización correspondientes a 2024 y 2026, y considera las obligaciones establecidas en la normativa que regula las descargas de residuos líquidos a aguas marinas y continentales superficiales.
La bahía de Quintero y la protección de los ecosistemas marinos
La bahía de Quintero constituye un territorio de especial sensibilidad ambiental, donde conviven actividades industriales, portuarias y comunidades costeras. En este contexto, el control de las descargas líquidas resulta relevante para prevenir presiones adicionales sobre el ecosistema marino.
El superintendente del Medio Ambiente, Emanuel Ibarra, sostuvo que las exigencias de monitoreo son fundamentales para evitar la degradación ambiental y proteger la bahía, que cuenta con una Norma Secundaria de Calidad Ambiental.
La autoridad señaló que el objetivo del procedimiento es que la compañía respete los límites establecidos en sus instrumentos ambientales y adopte las medidas técnicas o de infraestructura necesarias para corregir las desviaciones detectadas.
La importancia de este caso radica en que los controles ambientales no se limitan a exigir la existencia de sistemas de tratamiento: también deben verificar que las operaciones cumplan los parámetros autorizados y que las descargas se mantengan dentro de los límites establecidos.
No obstante, la formulación de cargos no demuestra por sí misma la existencia de un daño ambiental específico en la bahía. Para establecer eventuales efectos sobre el ecosistema se requieren antecedentes técnicos adicionales.
¿Qué sanciones arriesga Copec?
La SMA clasificó la infracción como leve, de acuerdo con la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente. Esta categoría contempla sanciones que van desde una amonestación por escrito hasta una multa de 1.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA).
Con el valor de la UTA considerado en los antecedentes difundidos en octubre de 2026, el máximo equivale aproximadamente a $865,8 millones. Se trata del tope posible para esta categoría, no de una multa que ya haya sido aplicada.
Tras la notificación de los cargos, Copec dispone de 15 días hábiles para presentar un Programa de Cumplimiento, considerando una ampliación de cinco días hábiles otorgada por la autoridad, o de 22 días hábiles para formular sus descargos.
El expediente está registrado en el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), donde se puede consultar el estado del procedimiento y los documentos asociados.
La resolución final dependerá de la tramitación del caso, los antecedentes que aporte la empresa y la evaluación que realice la autoridad ambiental.
Fiscalización y transparencia ambiental
El caso vuelve a poner atención sobre el control de las operaciones industriales en territorios costeros de alta sensibilidad ambiental. En zonas como Quintero, donde la actividad portuaria e industrial forma parte de la economía local, el cumplimiento de las normas de descarga y la transparencia de los datos de monitoreo son elementos centrales de la gestión ambiental.
La formulación de cargos constituye una etapa del proceso de fiscalización. El siguiente paso será determinar si la empresa presenta un programa para corregir los incumplimientos o si formula descargos para controvertir los hechos imputados.
El resultado del procedimiento permitirá conocer qué medidas deberá adoptar Copec y si corresponde aplicar una sanción, de acuerdo con la normativa vigente.
El Maipo



