El gremio calificó de “muy grave” el Ordinario N.º 1691 de la Dirección de Educación Pública, que establece orientaciones para la planificación de los SLEP en 2027. El documento plantea evaluar la fusión de cursos paralelos cuando la matrícula total sea igual o inferior a 35 estudiantes y también restringe la reposición de cargos y contratación de reemplazos.
El Colegio de Profesoras y Profesores manifestó su preocupación por las orientaciones entregadas por la Dirección de Educación Pública (DEP) a los Servicios Locales de Educación Pública (SLEP) para la elaboración de sus Planes Anuales Locales (PAL) 2027.
El documento, correspondiente al Ordinario N.º 1691, establece distintos criterios relacionados con la matrícula, la dotación de funcionarios y la planificación de los establecimientos públicos. Entre ellos, plantea que los SLEP revisen los niveles que tengan cursos paralelos cuya matrícula total sea igual o inferior a 35 estudiantes, para evaluar su reorganización en una sola sección.
El presidente nacional del Colegio de Profesores, Mario Aguilar, calificó las orientaciones como una situación “muy grave” y cuestionó que se utilice el número de estudiantes como criterio para reorganizar las aulas.
¿Qué plantea la circular de los SLEP?
La orientación de la DEP establece que los Servicios Locales deben realizar un análisis periódico de la matrícula por nivel y curso en los establecimientos bajo su administración.
Cuando existan dos cursos paralelos cuya suma de estudiantes sea igual o inferior a 35 alumnos, se plantea evaluar la posibilidad de unificarlos. La medida está vinculada al artículo 19 de la Ley N.º 21.040, que establece un máximo legal de 35 estudiantes por aula en el sistema público.
Sin embargo, el documento también precisa que los 35 estudiantes corresponden a un límite máximo legal y no a una meta de organización de las aulas.
Para realizar una eventual fusión, la DEP establece además que deben considerarse las condiciones de infraestructura del establecimiento y que la sala receptora tenga capacidad física autorizada. También se debe mantener un margen de cupos para eventuales incorporaciones de estudiantes durante el año escolar.
Restricciones para reemplazos y cargos vacantes
Las orientaciones también contemplan medidas relacionadas con la dotación de funcionarios.
Entre ellas se encuentra la restricción para reponer cargos de trabajadores que se acojan al incentivo al retiro, salvo determinadas situaciones vinculadas con la continuidad del plan de estudios. Asimismo, se establecen limitaciones para la contratación de reemplazos.
Desde el Colegio de Profesores sostienen que estas medidas podrían afectar tanto las condiciones de trabajo como la atención que reciben los estudiantes.
Aguilar cuestionó especialmente el impacto que una eventual fusión tendría en establecimientos donde existen estudiantes que requieren apoyos educativos específicos, argumentando que aumentar el número de alumnos por aula dificultaría la atención personalizada.
Colegio de Profesores pide revisar las medidas
El gremio docente ha manifestado su rechazo a las orientaciones y mantiene una alerta sobre su eventual aplicación durante 2027. En su propio sitio institucional, el Colegio de Profesores identificó el Ordinario N.º 1691 como un documento que aborda materias como la fusión de cursos, contratación de profesionales PIE, reemplazos por licencias médicas y distintas funciones pedagógicas.
La discusión se produce además en medio de la elaboración del Presupuesto 2027 y de los cuestionamientos sobre el financiamiento de la educación pública.
Los SLEP se encuentran en proceso de reemplazar gradualmente a los municipios como sostenedores de los establecimientos públicos. Actualmente existen 36 Servicios Locales activados, mientras el proceso completo contempla llegar a 70 SLEP hacia 2030.
De esta manera, las orientaciones para 2027 abren una nueva discusión sobre cómo compatibilizar la sostenibilidad financiera de los Servicios Locales con las condiciones pedagógicas y laborales de los establecimientos públicos.
El Maipo




