Kast promulga Ley “Escuelas Protegidas”: colegios podrán incorporar revisión de mochilas

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La nueva normativa entrega herramientas a los establecimientos educacionales para prevenir situaciones de violencia y establece condiciones para revisar mochilas y pertenencias de estudiantes. El Presidente defendió la medida y comparó estos controles con los que existen en los aeropuertos.

El Presidente José Antonio Kast promulgó este miércoles la denominada Ley “Escuelas Protegidas”, iniciativa que establece nuevas herramientas para que los establecimientos educacionales puedan prevenir hechos de violencia y fortalecer la seguridad al interior de las comunidades educativas.

La ceremonia se realizó en la Escuela Nueva Zelandia, en la comuna de Independencia, donde el Mandatario destacó la necesidad de generar espacios seguros para estudiantes, docentes y trabajadores de la educación.

Uno de los aspectos que genera mayor atención de la nueva normativa es la posibilidad de que los establecimientos incorporen en sus reglamentos internos la revisión de mochilas, bolsos y otras pertenencias personales de los estudiantes.

Durante la actividad, Kast defendió esta medida y la comparó con los controles de seguridad que se realizan antes de abordar un avión.

“¿Por qué uno va a tener temor a mostrar lo que trae en la mochila?”, planteó el Presidente, agregando posteriormente: “El que nada hace, nada teme”.

¿Qué establece la Ley “Escuelas Protegidas”?

La normativa permite que los sostenedores incorporen en los reglamentos internos procedimientos para revisar efectos personales de los estudiantes, con el objetivo de impedir el ingreso o porte de elementos que puedan ser utilizados para agredir a integrantes de la comunidad educativa o provocar daños en la infraestructura.

Sin embargo, la revisión tendrá límites establecidos por la propia ley.

El procedimiento deberá realizarse por personal capacitado, evitando el contacto físico y cualquier exposición innecesaria del estudiante. Además, deberá efectuarse en espacios especialmente destinados para este tipo de situaciones.

La legislación prohíbe expresamente las revisiones corporales, de vestimenta y cualquier procedimiento que implique desnudar al estudiante.

También se podrá solicitar que el alumno muestre o vacíe el contenido de sus bolsillos.

¿Qué ocurre si se encuentra un elemento peligroso?

Si durante una revisión aparecen objetos considerados potencialmente peligrosos, el establecimiento deberá informar de manera inmediata a los padres o apoderados del estudiante y comunicar los antecedentes a Carabineros o la Policía de Investigaciones, según corresponda.

La normativa también contempla qué ocurre cuando un estudiante se niega a entregar sus pertenencias para una revisión.

En ese caso, el establecimiento deberá informar a sus padres o apoderados para que alguno de ellos concurra al recinto y participe del procedimiento.

Mientras se resuelve la situación, el estudiante deberá permanecer bajo resguardo en un espacio adecuado y distinto de la sala de clases.

Si el apoderado concurre y el estudiante mantiene su negativa, deberá retirar sus pertenencias del establecimiento. Además, el sostenedor tendrá que informar los antecedentes a la Oficina Local de la Niñez.

Cuando el apoderado no concurra dentro del plazo establecido por el reglamento interno, el establecimiento deberá comunicar la situación a Carabineros o la PDI y solicitar su intervención.

Carabineros y PDI podrán registrar pertenencias bajo determinadas condiciones

La nueva legislación también establece atribuciones específicas para las policías dentro de los establecimientos educacionales.

Carabineros y la Policía de Investigaciones podrán concurrir al recinto, sin orden previa del fiscal y a solicitud del personal del establecimiento, para registrar vestimentas y efectos personales de un estudiante cuando existan indicios de que ha cometido o intentado cometer un crimen o simple delito.

De esta manera, la normativa diferencia entre los procedimientos preventivos que puedan establecer los colegios mediante sus reglamentos y aquellos casos en que existen antecedentes que podrían estar relacionados con un delito.

Restricciones para vestimentas y accesorios que impidan identificar el rostro

Otra de las disposiciones contempla que los reglamentos internos puedan establecer restricciones al uso de vestimentas o accesorios que dificulten la identificación facial de los estudiantes.

La norma establece excepciones cuando estos elementos respondan a necesidades de salud, regulación sensorial o emocional, prácticas religiosas o culturales, expresión de identidad de género o condiciones climáticas, entre otras circunstancias.

La Ley “Escuelas Protegidas” busca así entregar a los establecimientos nuevas herramientas para abordar situaciones de violencia, pero establece procedimientos y límites para evitar que las medidas de seguridad vulneren derechos de los estudiantes.

La implementación concreta de estas disposiciones dependerá, entre otros aspectos, de cómo cada establecimiento incorpore las nuevas herramientas en sus respectivos reglamentos internos.

El Maipo

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