El tribunal de alzada ratificó que la empresa no logró acreditar las “necesidades de la empresa” invocadas, ordenando el pago de indemnizaciones y la restitución de descuentos del seguro de cesantía.
En un fallo dividido (causa rol 3.835-2024), la Duodécima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que acogió la demanda por despido injustificado interpuesta por 44 ex trabajadores de la red de salud privada Integramédica S.A.
La resolución ratifica lo dictaminado originalmente por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, obligando a la prestadora de salud al pago de:
- Indemnizaciones por años de servicio.
- Un recargo legal del 30% sobre dicha indemnización.
- El cobro de prestaciones adeudadas.
- La restitución de los montos descontados por concepto de aporte patronal al seguro de cesantía.
Argumentos de la Corte: Falta de evidencia probatoria
El tribunal de alzada rechazó el recurso de nulidad presentado por Integramédica, señalando que la empresa no cumplió con el estándar probatorio necesario para justificar la causal de “necesidades de la empresa”.
Según las cartas de despido, la empresa argumentaba una supuesta baja en la cantidad de pacientes, retrasos en pagos de Isapres y una reestructuración derivada del aumento de la atención telemática. Sin embargo, el fallo es tajante al señalar:
“El escaso material probatorio incorporado por la demandada impide al tribunal tener por acreditados los hechos invocados… No existe punto de comparación del número de trabajadores con contrato vigente o si estos fueron reemplazados, máxime cuando la demandante incorporó documentación que da cuenta de nuevos puestos de trabajo”.
Errores en la estrategia judicial
Además de la falta de pruebas sobre el cierre de sucursales o la disminución de atenciones presenciales, la Corte detectó fallas técnicas en el recurso de nulidad de la empresa. Los ministros indicaron que existió una “discrepancia” entre las alegaciones presentadas y los fundamentos jurídicos invocados, algo que en un recurso de derecho estricto resulta inadmisible.
Composición del tribunal
La decisión fue adoptada por la sala integrada por:
- Ministro: Mario Rojas.
- Ministra: Graciela Gómez.
- Fiscal Judicial: Clara Carrasco (quien emitió un voto en contra).
Con esta resolución, se pone fin a la instancia de nulidad, dejando a firme las compensaciones económicas para el grupo de trabajadores desvinculados.
El Maipo




